El
2 de agosto del 2011, compartía en el grupo de Facebook con mis estudiantes de
Administración y Legislación de la Enseñanza de 4o. Magisterio,
el material que adjunto. Copié el texto original de mi mensaje, como
testigo en el tiempo de mi preocupación por la condición laboral de los docentes que recién egresan.
El contrato es un modelo de los que se realizaban en la década del '20 en Uruguay. Refleja el lugar que se les dejaba tener a las mujeres que querían trabajar y se les permitía hacerlo sólo en la docencia.
La idea de que la docencia es un sacerdocio, debe haber estado asociado a contratos como el que les comparto.
Me cuestiono si los hombre estaban excluidos de la docencia en las escuelas primarias o si a ellos no se les hacía firmar un contrato con esas cláusulas.
La carrera de profesorado surgió años después que el magisterio, los profesionales universitarios eran quienes dictaban clase en los primeros liceos de la época, como una actividad complementaria y hasta por hobby.
La desigualdad numérica entre estudiantes varones y mujeres, a favor de éstas últimas, denota que el magisterio aún sufre la "cuestión de género" . La idea que ser maestr@ es cuestión de mujeres, está instalado aún en el subconsciente colectivo.
Sin embargo en profesorado la situación es más pareja y no hay planteos de ese estilo.
A años luz de ese contrato unilateral que concebía a la mujer como una esclava, sin ningún derecho y sólo obligaciones se continúa en la lucha para lograr una mejor valoración de las carreras docentes tanto desde lo social como en lo económico.
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Recibí
del Museo Artigas este archivo, quiero compartirlo con ustedes, para que vean como "por suerte" la
condición de la mujer y de las Maestras ha evolucionado en estos 90
años. Además piensen que era un Contrato
laboral!!
Cariños
Fernanda
Fernanda
CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN CONTRATO DE MAESTRAS
'Este
es un acuerdo entre la señorita Elba Debén Posada maestra, y el
Consejo de Educación y de la Escuela por el cual la señorita Elba
Debén Posada acuerda impartir clases por un período de ocho meses a
partir del 3 de marzo de 1923. La señorita acuerda:
1*
- No casarse. Este contrato quedará automáticamente anulado y sin
efecto si la maestra se casa.
2*
- No andar en compañía de hombres.
3*
- Estar en su casa entre las ocho de la tarde y las seis de la
mañana, a menos
que sea para atender una función escolar.
que sea para atender una función escolar.
4*
- No pasearse por las heladerías del centro de la ciudad.
5*
- No abandonar la ciudad bajo ningún concepto sin el permiso del
presidente del Consejo de Delegados.
6*
- No fumar cigarrillos. Este contrato quedara automáticamente
anulado y sin efecto si se encontrara a la maestra fumando.
7*
- No beber cerveza, vino ni otras bebidas espirituosas. Este contrato
quedará automáticamente anulado y sin efecto si se encontrara a la
maestra bebiendo.
8*
- No viajar en ningún coche o automóvil con ningún hombre excepto
su hermano o su padre.
9* - No vestir ropas de colores brillantes.
9* - No vestir ropas de colores brillantes.
10*
- No teñirse el pelo.
11* - Usar al menos dos enaguas
11* - Usar al menos dos enaguas
12*
- No usar vestidos que queden a mas de cinco centímetros por encima
de los tobillos.
13*
- Mantener limpia el aula.: a) Barrer el suelo del aula al menos una
vez al dia, b) Fregar el suelo del aula al menos una vez por semana
con agua cliente y jabón. c) Encender el fuego a las siete, de modo
que la habitación esté caliente a las ocho cuando lleguen los
niños.. d) Limpiar la pizarra una vez al dia.
14*
- No usar polvos faciales, no maquillarse ni pintarse los labios.
Fuente:
'La Revista del Consejo Nacional de la Mujer' Año 4, Nro. 12
De: Ricardo Fernández Mas
De: Ricardo Fernández Mas
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